ITP

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ITP en la Compra de una Embarcación

Todo lo que necesitas saber sobre el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales al comprar un barco o moto de agua de segunda mano en España.

Qué es

¿Qué es el ITP de una embarcación?

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un impuesto autonómico que debe pagar el comprador cada vez que adquiere una embarcación de segunda mano entre particulares. Es obligatorio y debe liquidarse antes de poder tramitar el cambio de titularidad ante Capitanía Marítima.

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¿Cuándo se paga el ITP y cuándo el IVA?

  • Entre particulares: se paga ITP — es un porcentaje sobre el valor de la embarcación
  • Empresa vende a particular: se paga IVA — el vendedor emite factura con IVA
  • Entre empresas: se paga IVA — factura con IVA correspondiente

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¿Quién lo paga?

El comprador. Es siempre el comprador quien tiene la obligación de liquidar el ITP.

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¿Dónde se paga?

En la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma donde tiene el domicilio el comprador.

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¿Cuándo hay que pagarlo?

En un plazo máximo de 30 días hábiles desde la firma del contrato de compraventa.

📄

¿Qué modelo se usa?

Depende de la Comunidad Autónoma. Los más habituales son el 620, 621 o 600.

Cálculo

¿Cuánto se paga de ITP?

El ITP se calcula aplicando un porcentaje sobre el valor de la embarcación. Ese valor puede ser el precio del contrato o el valor de las tablas de Hacienda — se aplica el mayor de los dos.

Porcentajes por Comunidad Autónoma (orientativo)

Andalucía4% (8% >8m eslora)
Aragón4%
Asturias4% (8% >8m eslora)
Baleares4%
Canarias5,5%
Cantabria8%
Castilla-La Mancha6%
Castilla y León5%
Cataluña5%
C. Valenciana6% (8% >8m o >20.000€)
Extremadura6%
Galicia1%
Madrid4%
Murcia4%
Navarra4%
País Vasco4%
La Rioja4%
Ceuta / Melilla2%

* Porcentajes vigentes 2026 específicos para embarcaciones y motos de agua. Consúltanos para el cálculo exacto de tu caso.

🧮 ¿Quieres saber exactamente cuánto pagarás de ITP?

Usar la calculadora fiscal náutica →

¿Qué son las tablas de Hacienda?

El Ministerio de Hacienda publica cada año unas tablas con los valores de referencia de las embarcaciones de recreo. Si tu barco aparece en esas tablas, Hacienda puede usar ese valor como base imponible en lugar del precio del contrato.

Sin embargo, según el Tribunal Supremo y la normativa del ITP, la base imponible es el valor real del bien, equiparado al valor de mercado en el momento de la transmisión — no necesariamente el valor de las tablas. Las tablas son una herramienta de comprobación de la Administración, no un precio obligatorio. Si puedes acreditar documentalmente que el valor real de la embarcación es inferior al que figura en las tablas (por ejemplo, con un informe de tasación, fotografías del estado de la embarcación o facturas de reparaciones pendientes), puedes justificar una base imponible menor. Es un terreno que puede generar controversia con Hacienda y conviene gestionar con asesoramiento, pero la posibilidad está respaldada por la normativa y la jurisprudencia.

Nuestro servicio

Te calculamos y tramitamos el ITP por 49€

IVA incluido. Calculamos el importe exacto según tu comunidad autónoma y embarcación, te informamos antes de empezar y lo presentamos todo.

✅ Cálculo exacto según tu CCAA ✅ Te informamos del importe antes ✅ Presentación incluida ✅ 100% online

Para tramitarlo necesitamos:

  • DNI del comprador y vendedor
  • Documentación de la embarcación
  • Contrato de compraventa firmado

Preguntas frecuentes

Dudas habituales

¿El ITP es lo mismo que el impuesto de matriculación?

No. Son dos impuestos distintos. El ITP se paga en la compraventa entre particulares. El impuesto de matriculación (IEDMT) se paga al matricular una embarcación nueva o al importarla, y solo aplica a embarcaciones de más de 8 metros en lista 7ª o más de 15 metros en lista 6ª.

¿Qué pasa si no pago el ITP?

Sin el justificante de pago del ITP no se puede tramitar el cambio de titularidad ante Capitanía Marítima. Además, la Agencia Tributaria puede reclamar el impuesto con recargos e intereses de demora.

¿El ITP está incluido en vuestro servicio de cambio de titularidad?

El servicio básico de 150€ no incluye la gestión del ITP. El servicio completo de 175€ sí incluye el cálculo y la presentación del ITP. También puedes contratar solo la gestión del ITP por 49€.

¿El importe del ITP lo pago yo o vosotros?

El importe del impuesto lo pagas tú directamente a la Agencia Tributaria — es un suplido. Los 49€ son solo los honorarios por el cálculo y la presentación. Antes de empezar te informamos del importe exacto a pagar.

¿Puedo tramitar el ITP yo mismo?

Sí. Puedes presentarlo directamente en la Agencia Tributaria de tu Comunidad Autónoma. El modelo varía según la comunidad (620, 621 o 600). Si tienes dudas sobre el procedimiento, consúltanos sin compromiso.

¿Quieres que te calculemos y tramitemos el ITP?

Escríbenos por WhatsApp con los datos de la embarcación y la comunidad autónoma del comprador. Te respondemos con el importe exacto antes de empezar.

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