⚠️ Somos un servicio privado especializado en trámites náuticos, no una entidad gubernamental ni un organismo oficial. Gestionamos los expedientes ante Capitanía Marítima en tu nombre.
Matriculación de embarcaciones y motos de agua en España
Primera matriculación en España de tu embarcación o moto de agua: comprada en la UE, nueva o para alquiler (Lista 6ª). 425 € con la tramitación de impuestos incluida.
¿Qué tipo de matriculación necesitas?
Los impuestos y los modelos cambian según el origen, si es nueva o usada, y si es moto de agua o embarcación. Nosotros lo tramitamos todo por el mismo precio.
Comprada en otro país de la UE
Embarcación o moto de agua comprada a un particular o a una empresa de otro país de la Unión Europea.
✓ ITP del 1 al 8 % si la compras a un particular
✓ Si la compras a una empresa: IVA en la factura del vendedor. Solo si es embarcación nueva de más de 7,5 m el IVA lo liquidas tú en España (modelo 309)
✓ Si pagas IVA, no pagas ITP
✓ Impuesto de matriculación: modelo 576, o 06 si mide 8 m o menos
✓ Baja de la bandera anterior
Nueva, de concesionario
Primera matriculación de una embarcación o moto de agua nueva, comprada en España o en la UE.
✓ IVA en la factura del concesionario (o modelo 309 si procede)
✓ Si pagas IVA, no pagas ITP
✓ Impuesto de matriculación: modelo 576, o 06 si mide 8 m o menos
✓ Declaración de conformidad CE
Moto de agua
Las motos de agua no tienen exención por eslora: si las compra un particular, tributan por el impuesto de matriculación. Si se destinan al alquiler, quedan exentas (ver Lista 6ª).
✓ Impuesto de matriculación del 13,75 al 16 % según comunidad
✓ Modelo 576 cuando la compra un particular
✓ Exenta con modelo 05 si va a alquiler
✓ IVA: solo el de la factura si la compras a una empresa, aunque sea nueva y de otro país de la UE
✓ Si pagas IVA, no pagas ITP
Lista 6ª · alquiler
Para empresas de chárter y alquiler de embarcaciones o motos de agua.
✓ Exención del impuesto de matriculación (art. 66.1.g Ley 38/1992)
✓ Modelo 05, con reconocimiento previo de la AEAT antes de matricular
✓ Dedicación exclusiva al alquiler durante 4 años
✓ Válido también para motos de agua
📌 Precio único de 425 € con la tramitación de todos los impuestos incluida. El importe de cada impuesto se abona aparte a la Administración.
¿Prefieres que lo gestionemos nosotros?
Nos encargamos de toda la matriculación de tu embarcación o moto de agua —comprada en la UE, nueva o para alquiler— sin que tengas que moverte de casa.
425 €Gestión completa · Tramitación de impuestos incluida*
✓ Gestión completa de toda la documentación necesaria
✓ Liquidación y presentación de impuestos (ITP e IEDMT)
✓ Atención personalizada por WhatsApp en todo momento
✓ Sin desplazamientos: gestionamos todo online
* Incluye la liquidación y presentación de los impuestos (ITP, IEDMT y, si procede, IVA). El importe de cada impuesto se abona aparte a la Administración y depende del valor de la embarcación y de tu comunidad autónoma.
Sin compromiso · Respuesta en menos de 24 h
Lo que tienes que saber antes de empezar
ITP según comunidad autónoma
Impuesto de matriculación (IEDMT), según tipo de embarcación y comunidad
Pasos para completar el proceso
¿Quieres entender el proceso antes de decidir?
Aquí tienes la guía completa, paso a paso. Pulsa en cada paso para desplegarlo.
💶 Paso 01 · ITP – Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
Se aplica cuando adquieres una embarcación o moto de agua usada a un particular, tanto si reside en España como en otro país de la UE. Lo relevante es que tú, como comprador, resides en España y matricularás o utilizarás la embarcación aquí.
¿Cuánto pagarás? Entre el 1 % y el 8 %, según tu comunidad autónoma. Base del cálculo: el valor real de la embarcación o moto náutica.
⚠️ ¡Ojo con la valoración! Hacienda tiene sus propias tablas de valoración. Si declaras un precio inferior al de sus baremos, te aplicarán el valor oficial para el cálculo del impuesto.
🏷️ Paso 02 · IVA: ¿se paga en España?
Compra a un particular (usada): no hay IVA; se liquida el ITP (paso 01).
Compra a una empresa de otro país de la UE: depende de la eslora y de si es nueva:
• Embarcación nueva de más de 7,5 m (entregada dentro de los 3 meses siguientes a su primera puesta en servicio, o con 100 horas de navegación o menos): la factura viene sin IVA y el IVA (21 %) lo liquidas tú en España con el modelo 309, en 30 días desde la entrega y siempre antes de la matriculación definitiva (art. 13.2º Ley 37/1992).
• Moto de agua o embarcación de 7,5 m o menos, nueva o usada, o embarcación de más de 7,5 m ya usada: el IVA lo cobra el vendedor en su factura y tú no presentas el modelo 309. Aunque la moto sea nueva, por su eslora la ley del IVA no la trata como «medio de transporte nuevo».
Compra a una empresa española: el IVA va incluido en la factura y no se paga ITP (art. 7.5 TRLITPAJD).
Procede de fuera de la UE: se liquida el IVA de importación en la aduana (DUA).
📋 Una embarcación de más de 7,5 m se considera usada solo si se cumplen las dos condiciones: han pasado más de 3 meses desde su primera puesta en servicio y ha navegado más de 100 horas. Las motos de agua quedan fuera de este régimen por su eslora.
📋 Paso 03 · Impuesto de matriculación (IEDMT) – Modelo 576 o 06
Las embarcaciones de 8 m de eslora o menos no están sujetas a este impuesto. Las motos náuticas, en cambio, no tienen exención por eslora ni por antigüedad: cuando las compra un particular, tributan. Si se destinan exclusivamente al alquiler (Lista 6ª), quedan exentas.
Tipo impositivo: 12 % en embarcaciones de más de 8 m. En motos náuticas depende de la comunidad autónoma: 14,75 % con carácter general (tipo estatal, y también en Andalucía); 13,75 % en Canarias; 15 % en Cantabria; 15,9 % en Murcia; 16 % en Asturias, Baleares, Cataluña y Comunitat Valenciana.
⚠️ Tablas de Hacienda: igual que con el ITP, si el precio declarado es inferior al valor de los baremos oficiales, se aplicará el valor de las tablas para el cálculo.
ℹ️ ¿Qué modelo se presenta? Si hay que pagar el impuesto, el modelo 576 (es el caso de las motos náuticas compradas por un particular). Si la embarcación mide 8 m o menos, no se presenta el 576, sino el modelo 06 (no sujeción). Si la embarcación o moto va a dedicarse al alquiler, el modelo 05 (exención con reconocimiento previo de la AEAT).
📁 Paso 04 · Documentación que debes pedir al vendedor
Antes de cerrar la compra, asegúrate de recibir toda esta documentación del vendedor. Sin ella, el proceso de matriculación se detendrá.Contrato de compraventa o factura (según el caso), con datos completos: vendedor, comprador, embarcación, precio y número de identificación del casco (CIN/HIN).DNI o pasaporte del vendedor.Justificante de pago.Baja oficial de la bandera anterior, que certifica que ya no está registrada en el país de origen.Certificado de registro previo: la documentación original en su país.
⚠️ Certificado CE (marcado CE): fundamental si se fabricó después del 16 de junio de 1998. Sin él, habrá que homologarla, un proceso largo y costoso.
⚓ Paso 05 · Requisitos adicionales para navegar
- 🎓 Titulación náutica: Licencia de Navegación, PNB, PER… según la potencia. Asegúrate de tener la titulación adecuada antes de salir al agua.
- 🛡️ Seguro de responsabilidad civil: obligatorio para navegar. Sin seguro vigente no podrás usar la embarcación legalmente.
- 🔧 Mantenimiento del fabricante: ITB en embarcaciones. Las motos náuticas no suelen pasar ITB, pero deben estar al día en las revisiones indicadas por el fabricante.
📌 Guía elaborada como referencia informativa general sobre la normativa vigente en España. Consúltanos para tu caso concreto.
¿Tienes que matricular tu embarcación o moto de agua?
Cuéntanos tu caso por WhatsApp: origen, si es nueva o usada y tu comunidad. Te decimos qué impuestos aplican y te damos el precio cerrado desde el primer mensaje.