
Cómo pasar tu barco de bandera polaca a matrícula española.
Cada vez más propietarios españoles con embarcaciones en bandera polaca están evaluando si les conviene pasarse a matrícula española. Las razones son variadas — el proyecto UD305, la búsqueda de mayor seguridad jurídica, o simplemente que la embarcación ya tiene documentación en regla y la matriculación española es perfectamente accesible.
En este artículo te explicamos exactamente cómo se hace, qué documentación necesitas, cuánto cuesta y qué puede complicar el proceso.
¿ES POSIBLE PASAR DE BANDERA POLACA A MATRÍCULA ESPAÑOLA?
Sí, es perfectamente posible y es un trámite cada vez más frecuente. No hay ningún impedimento legal para que una embarcación que navega bajo pabellón polaco pase a matrícula española. De hecho, la normativa española permite y regula este proceso.
Lo que sí es importante entender es que no se trata de un simple cambio de papeles — hay dos fases distintas: la baja del registro polaco y la matriculación en España. Ambas deben coordinarse correctamente para que la embarcación no quede en un limbo registral.
LAS DOS FASES DEL PROCESO
Fase 1 — Baja del registro polaco (REJA24)
El primer paso es solicitar la baja de la embarcación en el registro REJA24. Esta solicitud se presenta ante las autoridades marítimas polacas y el resultado es el certificado de baja del registro polaco — el documento que acredita que la embarcación ya no está matriculada en Polonia y que es imprescindible para iniciar el registro en España.
El proceso de baja en REJA24 se tramita online. Una vez solicitada, el certificado de baja suele emitirse en un plazo de días a un par de semanas.
Durante el proceso de baja conviene planificar bien los tiempos — hay un período en que la embarcación estará dada de baja en Polonia pero aún no matriculada en España. En ese período no debe navegar.
Fase 2 — Matriculación en España
Con el certificado de baja polaco en mano, se inicia el proceso de matriculación en la Capitanía Marítima correspondiente al puerto donde quieras matricular la embarcación.
El proceso es el mismo que el de cualquier matriculación — con la particularidad de que el certificado de baja polaco sustituye a la baja de otro registro extranjero.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
Para la baja del registro polaco:
— Documento de registro polaco original
— Solicitud de baja ante REJA24
— DNI o NIE del propietario
Para la matriculación en España:
— DNI o NIE del propietario
— Certificado de baja del registro polaco
— Declaración de Conformidad CE (COC) si la embarcación tiene marcado CE
— Justificante del ITP o acreditación de que ya fue liquidado en su momento
— Justificante del IEDMT o acreditación de exención
— Solicitud oficial de matriculación ante Capitanía
— Tasa de matriculación — modelo 790
LOS IMPUESTOS — LO QUE MÁS PREGUNTAN
¿Tengo que volver a pagar el ITP?
No, si la embarcación ya fue comprada entre particulares y el ITP se liquidó en su momento. El cambio de bandera no genera un nuevo hecho imponible en el ITP. Sin embargo, si el ITP nunca se liquidó — porque la embarcación entró directamente en el registro polaco sin pasar por Hacienda española — habrá que regularizarlo.
¿Tengo que pagar el IEDMT?
Si la embarcación ya pagó el IEDMT cuando se matriculó en España por primera vez, no hay que pagarlo de nuevo. Pero si la embarcación nunca estuvo matriculada en España — fue importada directamente y registrada en Polonia — el IEDMT puede ser exigible en el momento de la matriculación española si la eslora supera los 8 metros (o motos náuticas cualquier eslora).
¿El cambio de bandera genera algún impuesto nuevo?
El cambio de bandera en sí mismo no genera impuestos. Lo que puede generar obligaciones fiscales es si hay irregularidades previas — ITP no liquidado, IEDMT pendiente, etc. Por eso conviene revisar la situación fiscal de la embarcación antes de iniciar el proceso.
QUÉ PUEDE COMPLICAR EL PROCESO
COC no disponible
Si la embarcación tiene marcado CE pero el propietario no dispone del COC, habrá que obtenerlo solicitándolo al fabricante o acreditar la conformidad CE por otra vía (EPF) antes de poder matricularla en España.
Embarcación sin marcado CE o reconocimiento inicial de capitanía
Si la embarcación es anterior a 1998 o no tiene marcado CE, necesitará pasar por el reconocimiento técnico previo en Capitanía o por el proceso EPF (Evaluación Post-Fabricación para obtener el marcado CE) antes de poder matricularse. Es un proceso más largo y con coste adicional.
Motor no coincide con la documentación
Si el motor instalado no coincide con el que figura en la documentación polaca, habrá que regularizarlo antes de presentar el expediente.
Impuestos no liquidados en su momento
Si la embarcación nunca tributó en España — ni ITP ni IEDMT — habrá que regularizar esa situación. Conviene hacerlo con asesoramiento especializado para evitar recargos innecesarios.
CUÁNTO CUESTA
El coste total depende de la situación específica de cada embarcación. Orientativamente:
— Baja del registro polaco: depende del agente que lo gestione — entre 100 € y 300 € habitualmente
— IEDMT si aplica: 12% sobre el valor de la embarcación para esloras superiores a 8 metros; 14,75%-16% para motos náuticas.
— ITP si no fue liquidado: entre el 1% y el 8% según la Comunidad Autónoma
— Gestoría náutica para la matriculación: precio cerrado según servicio contratado. Consulta nuestras tarifas aquí. Tarifa base 400€.
CUÁNTO TARDA
— Baja del registro polaco: 2 semanas aproximadamente
— Matriculación en Capitanía: nuestra parte en 24/48 horas; resolución de Capitanía entre 2 y 6 semanas habitualmente.
En total, con documentación completa y sin incidencias, el proceso completo puede resolverse en 4-8 semanas.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Puedo navegar mientras se tramita el cambio?
Durante el período entre la baja polaca y la matriculación española la embarcación no debería navegar — técnicamente no tiene pabellón activo. Hay que coordinar bien los tiempos para minimizar ese período.
¿Pierdo el número de matrícula polaca?
Sí. Al darte de baja en Polonia la matrícula polaca queda cancelada. La embarcación recibe una nueva matrícula española en el proceso de matriculación.
¿Puedo hacer la baja polaca yo mismo?
El proceso de baja en REJA24 requiere un agente representante en Polonia para propietarios no polacos. No es un trámite que pueda hacerse directamente sin intermediario.
¿Qué pasa con el seguro durante el proceso?
El seguro debe mantenerse en vigor en todo momento. Si el seguro estaba vinculado al pabellón polaco, habrá que actualizar la póliza con la nueva matrícula española una vez completada la matriculación.
¿Y si la embarcación tiene cargas o embargos anotados?
Las cargas y embargos deben cancelarse antes de iniciar el proceso. Una embarcación con cargas no puede darse de baja en ningún registro ni matricularse en otro.
NOSOTROS GESTIONAMOS Y COORDINAMOS EL PROCESO COMPLETO
Coordinamos la baja del registro polaco con nuestros colaboradores especializados en REJA24 y gestionamos la matriculación completa ante Capitanía Marítima en toda España. Tú solo tienes que enviarnos la documentación.
— Revisamos la situación fiscal y registral antes de empezar
— Coordinamos la baja polaca
— Preparamos y presentamos el expediente de matriculación en 24/48 horas
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Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado. La normativa puede cambiar y cada caso requiere un análisis específico.